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Mira el panel 2 aquí: https://bit.ly/42NjNX2

Este panel dedicó su atención a las violaciones de derechos que se producen cuando la corrupción captura la justicia, a partir del caso de Venezuela. No solo la corrupción en materia de salud o alimentación viola derechos; la impunidad producto de jueces y fiscales que sobornan, extorsionan o participan en actos ilícitos también viola derechos con el silencio cómplice o la participación directa de representantes del sistema de justicia en abusos, violaciones, torturas, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas. Se realizaron análisis basados en información sobre casos.

Participaron Mildred Rojas, de la Unidad de Investigación de Transparencia Venezuela; Jimena Reyes, de la Federación Internacional por los Derechos Humanos – FIDH; Marcos Gómez, directora ejecutiva de Amnistía Internacional en Venezuela, y Francisco Cox, miembro de la Misión independiente de determinación de los hechos en Venezuela, OHCHR.

Mildred Rojas

Unidad de Investigación de Transparencia Venezuela

Abogada, miembro de la Unidad de Investigación de Transparencia Venezuela, Mildred Rojas, quien ha trabajado en casos de corrupción ligados a la justicia, abordó la corrupción dentro del sistema de justicia como uno de los más grandes disparadores de la impunidad. Recordando que informes de organizaciones internacionales y de la sociedad civil han dejado en evidencia que el sistema de justicia venezolano se encuentra cooptado.

“La corrupción en el sistema de justicia se encuentra enquistada en toda la estructura. No es un problema coyuntural y en estos últimos 20 años se ha profundizado”, dijo, y destacó que el primer informe de la Misión de Determinación de Hechos sobre Venezuela identificó en su primer informe de 2020 que, en buena medida, los crímenes internacionales que se han cometido en Venezuela desde 2017, tenían una cota de responsabilidad importante atribuible al poder judicial, bien por acción o por omisión.

El poder judicial, dijo Rojas, ha sido interviniendo en procesos de persecución política asociados a detenciones arbitrarias, convalidadas además por jueces o fiscales que, una vez que salieron del país contaron cómo habían sido víctimas de presiones indebidas para generar ordenes de aprehensión o procesos amañados contra opositores.

También alude Rojas la omisión en la investigación de casos emblemáticos de gran corrupción, que involucran el desvío de miles de millones, que han beneficiado solo a unos cuantos y ha profundizado la pobreza en Venezuela e incrementado la desigualdad.
Rojas enumera un modelo de acciones formales que han propiciado la cooptación y corrupción en el sistema de justicia:

✔ Designación de fiscales generales cercanos al Ejecutivo Nacional.
✔ Destituciones de jueces sin cumplir el procedimiento legalmente establecido.
✔ Intervención política del Tribunal Supremo de Justicia.
✔ Designación sin concurso público de fiscales y jueces desde hace más de 16 años.

“No es casual —dice- que las máximas autoridades en el sistema de justicia tengan investigación abierta por casos de gran corrupción. Maikel José Moreno Pérez, expresidente del Tribunal Supremo de Justicia de 2017 al 2021, tiene una acusación en su contra en un tribunal de Estados Unidos en la que se sostiene que presuntamente ‘mantuvo un libro de sobornos que rastreaba millones de dólares en sobornos entrantes y gastos personales’. También se informó que habría recibido dinero y bienes para influir en casos civiles y penales de tribunales de inferior jerarquía, a cambio de liberar a acusados o desestimar imputaciones”.

Transparencia Venezuela también ha registrado investigaciones contra jueces y fiscales que reciben dinero para no procesar a personas que han sido denunciadas.

A un funcionario llamado Mario Aquino, quien llegó a ser fiscal anticorrupción, lo detuvieron en febrero de 2023 por estar implicado en la liberación, el 9 de enero de este año 2023, del presunto terrorista Oswaldo José Cheremos Carrasquel, integrante de una “megabanda” conocida como El Tren del Llano. El procesado pagó presuntamente 240 mil dólares para ser enjuiciado en libertad tras las gestiones de Loreannys Mariana Mejías Díaz, una mujer que se presentó en tribunales como “enviada” de la Asamblea Nacional, quien había sido asistente de un diputado oficialista.

Al parecer, dice Rojas, estos eventos, lejos de ser aislados, son una práctica usual en el Palacio de Justicia de Caracas. De hecho, en agosto de 2021, un grupo de diputados del Parlamento (Asamblea Constituyente) escogido en los cuestionados comicios de 2020, ordenó a un juez que excarcelara a dos acusados de contrabandear con oro.

Transparencia Venezuela obtuvo testimonios de abogados y jueces a través de encuestas que arrojan evidencias acerca de que la justicia en Venezuela es una suerte de mercancía de la que muchos funcionarios se lucran. “Todos coinciden en que sería imposible pensar que las altas autoridades del Poder Judicial no estén al tanto de esto” dijo Rojas.

Un magistrado suplente de la Sala de Casación Penal del TSJ, relata Mildred Rojas, reveló que, para que un caso sea asignado a un tribunal específico, cobran 200 dólares; por una orden de excarcelación o traslado, hay que pagar unos 300 dólares, y por una sentencia son miles de dólares. Un abogado en ejercicio en materia penal dijo que al Palacio de Justicia de Caracas lo llaman “Ciudad Banesco”, en referencia a la sede principal de uno de los bancos privados más grandes de Venezuela, y que los policías y guardias nacionales que custodian a los detenidos exigen pagos a los familiares que intentan hablar con los imputados.

La opacidad del sistema de justicia es otro ingrediente para la impunidad. Desde 2017 el Ministerio Público no pública el informe de gestión. La información sobre sus actuaciones está limitada a las declaraciones del fiscal general, a notas de prensa y noticias en la prensa nacional o regional. En algunos casos, dice Rojas, la información confunde, es contradictoria y puede llegar a desinformar o deformar la realidad.

Jimena Reyes

Federación Internacional por los Derechos Humanos FIDH

Jimena Reyes, quien ha investigado violaciones de derechos humanos y políticas públicas en 17 países de América Latina y América del Norte, y ha contribuido a la redacción de más de 30 informes sobre cuestiones de derechos humanos, comenzó su intervención advirtiendo que los organismos de protección de DD HH apenas ahora están iniciando la labor de crear el vínculo jurídico que permita usar sus mecanismos para enjuiciar a los Estados por no prevenir la corrupción. “Se han tomado mucho tiempo”.

A partir de 2015, el sistema universal empieza a decir que sí, que la corrupción tiene un impacto negativo en los DD HH y luego de muchos años hay un informe que dice que hechos de corrupción pueden ser generadores de violaciones de DD HH. 

Mencionó Reyes un informe de la Comisión Interamericana y un cuadernillo de la Corte Interamericana interesante (a pesar de no haber todavía jurisprudencia) que dice que el Estado puede violar su obligación de prevenir violaciones de derechos humanos por hechos de corrupción.

“Tristemente -dice- Venezuela es el país más emblemático para reflejar la situación en la que estamos en América Latina. Efectivamente, en algunos países enfrentamos élites cleptócratas, crimen organizado y empresas que están capturando estructuras del Estado para enriquecerse y para desviar el Estado de su obligación de actuar en el interés general”.

El año pasado junto a Provea, la FIDH publicó el Informe La Comida no es un Juego, donde explica por qué se considera que los últimos seis años el Estado venezolano ha violado gravemente el derecho a la alimentación. Hablando del diagnóstico del derecho a la alimentación, se evidencia, según Reyes, un vínculo sobre el desafío de la sociedad civil venezolana de documentar la corrupción y la situación del derecho a la alimentación en vista de que no hay siquiera información oficial sobre la desnutrición.

“Sin embargo —dijo Reyes- logramos documentar que en 2012 Venezuela había logrado que la proporción de personas en situación de hambre fuera inferior a 5% de la población, posicionando a Venezuela en una de las mejores situaciones de la región, pero entre 2017 y 2019, el índice de subalimentación pasó a 31%. El Programa Mundial de Alimentos publicó una estimación para 2019 sobre inseguridad alimentaria aguda, de la cual sería víctima el 32% de la población”. Y especificó que a pesar de que el informe no se centró en corrupción y derecho a la alimentación, hay allí algunos elementos donde se intenta establecer la vinculación.

Regresando a los DESCA, se impone una obligación para el Estado de adoptar medidas para lograr progresivamente el pleno ejercicio del derecho a la alimentación, pero también una obligación de adoptar medidas para mitigar y aliviar el hambre, y debe garantizar un nivel mínimo esencial para estar protegidos contra el hambre, explica Reyes. “Nuestra conclusión es que el Estado venezolano violó la obligación de proteger a los ciudadanos contra la actuación de empresarios e individuos que, a través de la corrupción, violaron los derechos humanos”, sentenció.

Señaló Reyes a los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP) como un caso emblemático de la relación entre corrupción y derechos DESCA. “Un programa concebido para la venta de alimentos subsidiados surgido en 2016, en medio de la crisis alimentaria, que derivó en una fuente de corrupción”. Diversas investigaciones periodísticas han mostrado, dijo Reyes, que existen potentes redes de corrupción que involucran decenas de millones de dólares y actores de primer plano que compraban productos de mala calidad, lo sobrefacturaban y se quedaban con parte de los fondos a través de empresas fantasmas en diversos países.

“La Gran Corrupción impidió a la población tener una nutrición adecuada”, lamentó.

En los CLAP también se dio la pequeña corrupción en el nivel de distribución, donde hay un sistema de discriminación, clientelismo y corrupción. “Ahí está el vínculo entre la corrupción y la violación del derecho a la alimentación”.

Más allá de la obligación de proteger a los ciudadanos de las actuaciones de terceros, el Estado venezolano también tiene la obligación de respetar el derecho a la alimentación.

En el informe citado, se describió cómo, a partir de 2014, el gobierno tomó unas políticas públicas que tuvieron como resultado impedir el acceso de la población a la alimentación adecuada. Lo interesante de este vínculo es el fenómeno de la corrupción que se dio paralelamente a las nuevas políticas públicas y el aceleramiento del deterioro de la situación alimenticia.

“Entre estas medidas económicas podemos mencionar —explicó la experta- el control excesivo de los precios, que tuvo un impacto severo en la propiedad agropecuaria e industrial, causando la escasez de los alimentos, la decisión del Estado de preferir las importaciones en lugar de la producción nacional, pero paralelamente también la corrupción a través de coimas”.

Reyes insiste en que este es un ejemplo que hay que llevar a las cortes o comités de DD HH, que define o describe este vínculo entre corrupción y derecho a la alimentación. “Es nuestro rol como sociedad civil insistir en demostrar una vinculación entre estos crímenes y las víctimas”.

Concluye Jimena Reyes que, en Venezuela, no hay independencia de la Justicia porque se destruyó el sistema judicial y porque hay una injerencia del Estado. Y advirtió que, “mientras no se dicten las condenas necesarias, no podremos tener un funcionamiento idóneo”.

Francisco Cox

Misión Independiente de Determinación de los Hechos en Venezuela

El abogado y penalista chileno que litigó ante la Corte Penal Internacional, incluso en el caso contra Dominic Ongwen, en el que representó a 2.605 víctimas del conflicto armado en el norte de Uganda, reflexionó sobre el mecanismo a través del cual se socava el Estado de Derecho en Venezuela para favorecer intereses económicos y cómo se ha afectado la independencia del Poder Judicial.

Advirtió Francisco Cox que la Misión de Determinación de Hechos tiene un estándar probatorio muy distinto al de un juicio penal, por lo tanto, sus conclusiones están sostenidas sobre el estándar de bases razonables para creer, “y esto es un estándar mucho más bajo que va más allá de toda duda razonable”. 

“Nosotros hicimos —explica– más de 117 entrevistas a jueces, fiscales, abogados y defensores de distintos imputados, para ver cómo era el sistema de justicia en la República Bolivariana de Venezuela. Tenemos un mandato bastante estricto o relativamente estricto que hemos tratado de interpretar de manera conservadora”. 

En principio, se hablaba solo de cuatro mandatos, pero ahora se ha extendido hacia graves violaciones de Derechos Humanos en la última resolución, que incluye violencia de género. Al inicio solo se hizo el análisis sobre las cuatro violaciones que son base del mandato que rige la Misión: ejecuciones extrajudiciales, tortura, detención arbitraria y desaparición forzada. 

“En ese primer informe nosotros concluimos, con base razonable para creer, que existían dos políticas de Estado relacionadas con crímenes de lesa humanidad en Venezuela. Una política era el aplastamiento de la oposición o de aquellas personas percibidas como opositoras por el gobierno, y las ejecuciones extrajudiciales en el contexto de la lucha contra el crimen”, explica Cox. 

El análisis que hizo la Misión acerca del comportamiento del Poder Judicial tiene relación con la política de aplastamiento de la oposición, y este análisis concluyó que, efectivamente, la independencia e imparcialidad del Poder Judicial estaban afectadas.

Al menos entre 2015 y 2018, detalló Cox, se usaban tres métodos de control sobre el Poder Judicial por parte del Poder Ejecutivo. Uno eran las citas directas a Miraflores, el Palacio de Gobierno. Funcionarios judiciales eran citados directamente allí para recibir instrucciones. El segundo método que se ha venido usando es que, a través del presidente del circuito penal, se enviaban mensajes de Maikel Moreno directamente a estos presidentes judiciales penales, quienes terminaban bajando la información y diciendo cómo deberían decidirse los casos. Por último, a través de declaraciones públicas de autoridades de alto nivel se daban mensajes muy claros de cómo debía ser resuelto un determinado asunto. 

Esto implica, de acuerdo con Francisco Cox, un control y una relación muy directa entre los auxiliares del Ministerio Público, la policía, el Poder Ejecutivo y el traspaso inmediato de información con las consecuencias de mandar el mensaje hacia quienes tienen que tomar la decisión. “Concluimos que 23% de los casos que nosotros revisamos terminaron con jueces de control del área de terrorismo”, dijo. 

Cox piensa se tiene una “mirada benevolente” acerca de los efectos de la corrupción sobre las víctimas directas de violación a los Derechos Humanos, pero en cambio es utilizada como una herramienta para perseguir a la sociedad civil en contextos autoritarios. “La propia Venezuela es un ejemplo, el envío de dinero se utiliza como excusa para perseguir a la sociedad civil. Muchos fiscales y jueces nos dijeron que, cuando hay intereses económicos y políticos fuertes, es fácil predecir el resultado de un proceso porque estará alineado con esos intereses”.

La Misión pudo constatar, además, que una forma de socavar la independencia imparcialidad de los miembros y miembros del Poder Judicial tiene relación con las bajas remuneraciones.  La remuneración de los funcionarios del sistema judicial crea situaciones o incentivos para la corrupción, y eso genera un riesgo de afectación a la imparcialidad y a la toma de decisiones por parte de los distintos órganos. “Pudimos concluir —dijo Cox- que efectivamente se reciben instrucciones. Muchos Defensores se dieron cuenta de que, antes de la toma de decisión, se veía que la jueza o juez recibía una instrucción”. 

Cox expresó su preocupación en relación a este tema, que “es particularmente delicado en lo que nosotros hemos documentado, porque implicó muchas veces que decisiones sobre denuncias de torturas evidentes en los detenidos fueran desestimadas o no fueran oídas”. 

Otro elemento “sumamente preocupante” que constató la misión, es la participación de funcionarios judiciales en detenciones arbitrarias mediante el “predateo”, es decir, ponerle una fecha anterior a la detención para cumplir los plazos judiciales, o incluso posterior a veces, pero generalmente se tenía un video de la detención correspondiente a una fecha determinada y se decía que la detención había sido posterior, para cumplir el plazo. 

También se pudo constatar la utilización de pruebas fabricadas o plantadas para inculpar a una persona y eso ha sido utilizado por el sistema de Justicia para condenar. 

En el último informe se describe, explica Cox, cómo el interés personal fue un factor que ha influido en las detenciones arbitrarias. Se hace a través de la exigencia de firma de documentos, de transferencias económicas, en favor de determinadas sociedades, a las que aparentemente estas personas detenidas estaban vinculadas a quienes habían detenido.

Marcos Gómez

Director de Amnistía Internacional Venezuela

El director de Amnistía Internacional Venezuela abordó específicamente cómo la corrupción también ocupa los espacios más minúsculos de la sociedad.

El Poder Judicial en Venezuela, advirtió Marcos Gómez, “no se mueve si no hay una utilidad para el Estado. Si no hay una utilidad en ningún caso progresa y, al contrario, si hay alguna función relacionada con la represión, definitivamente cualquier caso va a marchar”.

La corrupción, dice Gómez, está en micro espacios que afectan al ciudadano normal. Cuando una persona es detenida “supone una pesadilla para el presupuesto familiar, porque esa familia deberá enfrentarse a una montaña rusa de corrupción”, y no se trata solo de lograr una sentencia. Cuesta mucho dinero lograr simplemente que el detenido permanezca en un área de la prisión en la que su vida no peligre.

Gómez invita a no olvidar que siete millones de personas han escapado del país huyendo de esta realidad y que muchos de los migrantes tuvieron que pasar por un proceso de corrupción para poder obtener sus documentos. “Que un migrante pierda uno de estos papeles puede simplemente comprometer su vida”.

No se entiende, puntualiza Gómez, que un flujo tan gigantesco de dinero haya salido por la Gran Corrupción de Venezuela hacia otros países, “pero ¿cómo no lo detectaron?”. Mucho de ese dinero está en Europa, “a muchas de esas personas se las ve en Estados Unidos, en países donde hay una mayor tendencia a respetar más los Derechos Humanos”.

“A los flujos de dinero que van para el trabajo de organizaciones de Derechos Humanos les ponen la lupa, pero los flujos gigantescos de miles de millones (producto de la corrupción) que deberían estar para atender a la población, aparecen en países como España”.

En relación a la indefensión que tiene la sociedad civil en Venezuela, Marcos Gómez, recordó el caso del diario El Nacional. “Ese diario publicó un artículo en el que señalaba lo que otro diario publicó sobre un funcionario público muy poderoso en Venezuela. Por esa republicación, que hace cualquiera, le arrebataron su patrimonio a Miguel Henrique Otero, como reparación a un daño moral a un funcionario público”.

Un caso emblemático de una tendencia del gobierno venezolano a diseñar leyes de carácter discrecional destinadas a someter y/o eliminar medios independientes y socavar la libertad de expresión.

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