Venezuela necesita urgente una Ley de Acceso a la Información Pública

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En Venezuela la continua negatividad del Gobierno de aportar información sobre el manejo de la administración pública, pone en evidencia la necesidad de promulgar, lo más pronto posible, una Ley de Acceso a la Información Pública.

Aunque el marco jurídico venezolano contempla el derecho al acceso a la información de los entes gubernamentales, no existen mecanismos que en la práctica permitan el cumplimiento de este derecho humano.

El artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, señala que toda persona tiene el derecho de representar o dirigir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de competencia de estos y a obtener oportuna y adecuada respuesta. Aunque la Ley contempla destituciones para los funcionarios que incumplan con este deber, en la realidad mayormente esto no se cumple, de hecho no existe ningún antecedente al respecto. Asimismo, el artículo 143 de la Carta Magna, establece que los representantes de la administración pública están en la obligación de rendir cuentas sobre su desempeño y toma de decisiones a la ciudadanía.

La Ley Orgánica de Procesos Administrativos también es uno de los instrumentos legales que contempla el derecho a acceder a la información pública, pese a ello no existen mecanismos que permitan su cumplimiento.

El informe Saber Más en su primera versión, publicación de la Alianza Regional para la Libertad de la Expresión e Información, coalición regional constituida por organizaciones de la sociedad civil de Centroamérica, Sudamérica, México, Estados Unidos y República Dominicana dedicadas a defender y promover libertad de expresión y el acceso a la información pública en la región, revela que entre el 100 por ciento y el 87 por ciento de las peticiones de información pública tienen respuesta negativa.

“En Venezuela no hay tradición de transparencia, los funcionarios de la administración pública consideran que si dan información, los enemigos políticos del Gobierno la utilizarán en su contra, por ello se abstienen de suministrar datos”, indica el informe.

La información sobre el manejo de los recursos del Estado, los programas que se ejecutan, las cifras oficiales, las obras, los procedimientos, deben ser del dominio público y no manejarse bajo una óptica política, dejando al criterio del Gobierno si le conviene o no darla a conocer.

A esta realidad se suma el hecho de que en Venezuela no existen órganos independientes que promuevan el respeto por el derecho de acceso a la información pública. Las acciones legales que se han emprendido para obligar a los entes del Estado a responder a las solicitudes de información no han tenido éxito, pues las decisiones siempre favorecen al Gobierno y no a los demandantes.

Más de 80 países en el mundo ya cuentan con leyes de acceso a la información; estas normativas jurídicas propician el combate a la corrupción y crean las condiciones para la contraloría ciudadana.

Aunque en el seno de la comisión de Contraloría de la Asamblea Nacional (AN), reposa un proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública, este se ha engavetado y no ha sido llevado a la plenaria del parlamento. En contraposición a ello, vía Ley Habilitante, sí se han aprobado instrumentos jurídicos que dejan a criterio de los funcionarios públicos sin dan respuesta o no a las solicitudes de información realizadas de manera individual o a través de las organizaciones de ciudadanos o grupos no gubernamentales ante sus despachos.

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