TSJ: Marea Socialista no puede usar esa denominación

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Transparencia Venezuela, 31 de marzo de 2022. – Marea Socialista, esa escisión o disidencia del chavismo, no podrá constituirse en partido político o al menos no con ese nombre. ¿La razón? El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha avalado la decisión que en febrero de 2015 adoptó el Consejo Nacional Electoral (CNE), de rechazar la legalización de esta agrupación política, bajo el pretexto de que su nombre “constituye una frase y no una denominación como tal”.

La decisión la adoptó la Sala Electoral del TSJ, en su sentencia número 33, del 17 de marzo de 2021 – seis años después de ejercida la acción judicial- al declarar sin lugar el recurso contencioso electoral que un grupo de militantes de la organización no nata (Lucero Benítez, Zuleika Méndez y Alexander Marín) interpusieron contra la decisión que el organismo electoral tomó en septiembre de 2015.

En el fallo redactado por el magistrado Malaquías Gil se desecharon las quejas de los accionantes contra el CNE.

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Así, el máximo juzgado no se alarmó ante el hecho de que los rectores electorales se demoraron casi cuatro meses en responder la solicitud de legalización de Marea Socialista – petición que fue interpuesta en octubre de 2014 y rechazada en febrero de 2015- y negó que este retraso sea una razón para considerar nula la decisión del CNE.

Así, el máximo juzgado no se alarmó ante el hecho de que los rectores electorales se demoraron casi cuatro meses en responder la solicitud de legalización de Marea Socialista – petición que fue interpuesta en octubre de 2014 y rechazada en febrero de 2015- y negó que este retraso sea una razón para considerar nula la decisión del CNE.

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