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El instructivo Onapre no existe para el TSJ

Transparencia Venezuela, 06 de septiembre de 2022.- ¿Algo que no existe puede afectarme? Esta pregunta digna de un filósofo se la están haciendo seguramente millones de funcionarios públicos, gracias a la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de desechar las tres demandas de nulidad que había recibido contra el instructivo de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre) que les redujo, entre 40 y 70%, sus salarios integrales, bajo el argumento de que el instrumento no existe.

La Sala Político Administrativa del TSJ, en sus sentencias número 444, 445 y 446, declaró “inexistente” el instrumento contentivo del “Proceso de Ajuste del Sistema de Remuneración de la Administración Pública, Convenciones Colectivas, Tablas Especiales y Empresas Estratégicas”, por considerar que no reúne los requisitos legales para ser considerado como un “administrativo” o “legal”.

Es decir, no fue firmado por su director, no hay constancia de cuándo ni dónde fue dictado ni si fue publicado oficialmente.

Y en virtud de que este señalamiento, la sala afirmó que “no puede anular lo que no existe”.

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No existe el instructivo Onapre, pero no pasa nada

Los accionantes (los representantes de las universidades Central de Venezuela, de Carabobo, Experimental Pedagógica Libertador, de Oriente, Nacional Experimental Politécnica Antonio José de Sucre y de Los Andes) entregaron al TSJ unos correos electrónicos emanados de la Oficina de Planificación del Sector Universitario (OPSU) en los que se informan los ajustes en los bonos y primas que serán aplicados a los docentes, personal administrativo y obrero de dichas casas de estudio, en atención al “inexistente” instructivo.

No obstante, estas evidencias no fueron suficientes para la Sala Político Administrativa, que solo se limitó a negar la existencia del instructivo Onapre y no se pronunció en relación con las disminuciones en sus ingresos que vienen sufriendo millones de funcionarios.

Es decir, no ordenó a las distintas instancias públicas a cumplir lo establecido en las distintas contrataciones colectivas y a reiterar los montos no cancelados.

El pronunciamiento del máximo juzgado contrasta con las declaraciones de altos funcionarios, quienes han reconocido la existencia de la medida. Así, a principios de agosto de 2022, el diputado oficialista Pedro Carreño lo defendió utilizando las siguientes palabras: “El instructivo lo que en realidad dice es que no hay recursos, no hay medios para resolver las necesidades”.

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