Porque el afectado ya está libre, el TSJ rechazó revisar una denuncia de detención arbitraria
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) rechazó revisar la detención del comisario Coromoto Rodríguez, jefe de seguridad del Presidente de la Asamblea Nacional, pese a las denuncias de su abogado, quien sostiene que estuvo casi seis meses tras las rejas de manera ilegal por cuanto el Ministerio Público no lo acusó ni imputó por delito alguno.
La Sala Constitucional consideró que no tenía ningún sentido analizar el caso en virtud de que el exfuncionario de la extinta Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip) “se encuentra actualmente en libertad”. Así lo dictaminó en su sentencia número 1102 del 15 de diciembre de 2016, en la cual declaró inadmisible un recurso de apelación que el abogado Omar Estacio interpuso el 25 de octubre de ese mismo año contra el fallo que la Sala 4 de la Corte de Apelaciones de Caracas emitió días antes y en el cual ratificó la detención de su cliente, ordenada en primer lugar por el Tribunal 6 de Control de Caracas el 19 de mayo.
En el fallo redactado por la presidenta de la Sala, magistrada Gladys Gutiérrez, no se analizaron las irregularidades denunciadas por la defensa en relación a que Rodríguez permaneció detenido ilegal y arbitrariamente por decisión del juez Miguel Graterol, quien lo mantuvo en una celda del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) a pesar de que los fiscales Alfredo Caufman y Griolinda Morales rechazaron procesarlo por los disturbios ocurridos el 18 de mayo de 2016 en Caracas (luego de una marcha convocada por la oposición) y además consideraron que su detención fue irregular, porque “no ocurrió en flagrancia”.