Estado venezolano debe derogar leyes que obstaculizan acceso a la información pública
En el marco del tercer examen periódico Universal, Transparencia Venezuela sugirió al Comité de Derechos Políticos de las Naciones Unidas que abogue porque el Estado venezolano derogue las leyes aprobadas en los últimos 16 años y que atentan contra el goce y disfrute del derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos.
El documento donde se detallan las irregularidades detectadas dentro de la administración pública venezolana, incluye aspectos como la política sistematica por parte del Gobierno venezolano para promover “el secreto” en la gestión, al negar información que debería ser de interés público a quienes la solicitan, lo que facilita y encubre posibles actos de corrupción.
“Existe una larga lista de artículos de diversas normas legales aprobadas en los últimos 16 años, con las cuales el Presidente de la República a través de la aprobación de Decretos-Leyes y el Parlamento Venezolano legalizan el secreto, la falta de transparencia, autorizando a funcionarios públicos a negar al ciudadano información pública básica. Existen leyes, acuerdos y decretos leyes que legalizan la opacidad que ha mantenido el Gobierno en los últimos años”, indica el texto.
En Venezuela la mayoría de las solicitudes de información pública no son procesadas en el lapso de 20 días reglamentarios y las respuestas, en la mayoría de los casos, son negativas. Se le exige al ciudadano argumentar las razones por las cuales solicita la información y para que serán utilizados los datos.
Frente a este escenario Transparencia Venezuela pidió a la ONU sugerir además al Estado venezolano la creación de un órgano independiente que sea garante en el derecho de acceso a la información, además de aprobar una Ley de Acceso a la Información Pública basada en la Ley Modelo Interamericana sobre Acceso a la Información de la Organización de Estados Americanos, en la cual se contemplan procedimientos claros para la exigencia de información a las instituciones, recursos judiciales rápidos y efectivos, sanciones para quienes obstruyan el ejercicio del derecho, excepciones claras y ajustadas a los estándares internaciones de Derechos Humanos.
Asimismo, otra de las recomendaciones se basa en promover una respuesta inmediata a las peticiones de los ciudadanos o de las organizaciones de la sociedad civil ante las diferentes instancias de la administración pública.
Al considerar que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es uno de los principales obstáculos que se le presenta al ciudadano a la hora de ejercer su derecho de acceso a la información pública, se sugiere en el documento modificar los criterios jurisprudenciales que sean contrarios a este derecho, es decir admitir el recurso de amparo constitucional para reclamar a la falta de respuesta a peticiones de información, además de abstenerse de exigir el cumplimiento de trámites, gestiones antes de realizar el reclamo judicial, esto permitiría agilizar los lapsos a la hora de dar respuesta a las demandas.
Por último se pide sugerir al Estado venezolano promover buenas prácticas de acceso a la información pública en las instituciones del Estado y formar a los funcionarios para ello.