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Transparencia Venezuela solicita una vez más al TSJ que declare Omisión Legislativa por nombramiento de Contralor

Representantes de la ONG Transparencia Venezuela, acudieron nuevamente ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para solicitar que la Sala Constitucional declare Omisión Legislativa contra la Asamblea Nacional (AN) por no haber cumplido con los mecanismos establecidos para nombrar al Contralor General de la República.

Cabe recordar que la asociación civil introdujo este recurso de inconstitucionalidad el 29 de octubre de 2013 por Omisión Legislativa del Parlamento Nacional desde el 20 de junio de 2011, fecha que se produjo el fallecimiento del ex contralor ciudadano Clodosbaldo Russian, hasta el 22 de diciembre del 2014, hace casi tres años, al no ejercer su competencia constitucional de designar de manera efectiva al Contralor de la República una vez que se produjo la vacante absoluta del cargo.

Transparencia Venezuela asegura en el documento que tal situación representa un incumplimiento de la competencia del Poder Legislativo establecida en el artículo 279 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece que si el Consejo Moral Republicano no convoca al Comité de Evaluación de Postulaciones del Poder Ciudadano para la escogencia del titular de alguno de los organismo de este Poder, “la Asamblea Nacional procederá, dentro del plazo que determine la ley, a la designación del titular o la titular del órgano del Poder Ciudadano correspondiente”.

A continuación se muestra en esta línea de tiempo, de la tercera vez que la ONG acude a la Sala Constitucional al no obtener respuesta del máximo órgano administrador de justicia:

 

Solicitan admisión de recurso

 

De igual forma, la Organización No Gubernamental espera que la Sala Constitucional admita el recurso de abstención interpuesto el 18 de junio de 2014 por Transparencia Venezuela, el Instituto de Prensa y Sociedad de Venezuela (Ipys), Paz activa y Espacio Público, en contra del secretario de la AN, Fidel Ernesto Vásquez, por no hacer del conocimiento público el diario de debate, cuya elaboración está a cargo de la secretaria con la Cooperación de la Dirección General de Investigación y Desarrollo Legislativo, quien tiene el deber de distribuirlo a todos los diputados, y la Gaceta Legislativa, que también debe publicarse una vez al mes y distribuirse en la forma prevista para el diario de debates bajo la responsabilidad de esta misma secretaria.

 

El 3 de julio de 2014, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo se declaró incompetente para conocer la demanda de abstención y declinó su competencia en la Sala Político Administrativa del TSJ. Posteriormente, el 12 de agosto de ese año, la referida Sala recibió el expediente a los fines de decidir la declinatoria de competencia pero hasta la fecha las ONG siguen esperando un pronunciamiento.

 

Conoce la línea de tiempo de Recurso de Abstención interpuesto el 18 de junio de 2014:

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