Debilidades institucionales y esclavitud moderna
La esclavitud moderna no es una noción jurídica, es un concepto social y dentro de él existe prácticas tipificadas jurídicamente como delito, como la trata de personas, el trabajo forzado, la esclavitud sexual, prostitución forzada y esclavitud por deuda, entre otras.
En el ordenamiento jurídico venezolano, la mayoría de estas prácticas están tipificadas como fines de explotación de la trata de personas (a excepción de la esclavitud sexual y la prostitución forzada), es por ello que debe estudiarse la capacidad de las instituciones para identificar y sancionar el delito de trata. Sin embargo, el contexto actual de la institucionalidad venezolana deja al descubierto debilidades como la falta de recursos para realizar las acciones dentro de su competencia.
El Estado venezolano debería, a través de los diferentes mecanismos de protección, dar respuesta inmediata, identificar, investigar y aplicar las sanciones correspondientes, así como brindar protección a las víctimas. Sin embargo, de acuerdo con las organizaciones entrevistadas para la realización de este informe, esta no es la situación. Se indicó que la falta de institucionalidad es parte del problema, pues no se tiene la capacidad técnica para atender los casos, debido a la ausencia de personal especializado y de equipos multidisciplinarios; especialmente en el Ministerio Público. Debido a esto, la respuesta del Estado hacia las víctimas es débil, no dándose una respuesta oportuna a la posible víctima, dejándola en una situación de desprotección jurídica.
A la fecha de la elaboración de este informe, el Plan Nacional contra la Trata de Personas, publicado en Gaceta Oficial No. 42.173, de fecha 21 de julio de 2021, no ha sido divulgado en los portales de internet de todos los órganos del Poder Ejecutivo, identificados en cada una de las acciones programáticas del Plan, como lo establece el Decreto, a pesar incluso de las solicitudes de información realizadas por actores de la sociedad civil como el Grupo de Trabajo sobre Esclavitud Moderna en Venezuela (GTEMV).
No se encontró información alguna en la página del Tribunal Supremo de Justicia sobre sentencias en casos de trata de personas.
Del monitoreo en la sección de noticias de la página del Ministerio Público, se encontraron 51 notas de prensa sobre detenciones e investigaciones en casos de trata de persona, haciendo una breve descripción de la que puede desprenderse el perfil de la víctima, el estado donde se cometió una o más fases del delito, el fin de la trata de personas, género del presunto actor y de la víctima, lugar de destino. Sin embargo, al contrastar la cantidad de notas de prensa publicadas (51) con el número de casos en conocimiento del Ministerio Público (330), es evidente que hace falta información para conocer por fuentes oficiales las dinámicas de la trata de personas en Venezuela.
La falta de capacidad de las instituciones para atender y juzgar los casos de esclavitud moderna, tanto a nivel material como técnico, así como la ausencia de cifras oficiales y la falta de publicación de lineamientos a través del Plan Nacional contra la trata de personas facilitan y permiten dichas prácticas.
Recientemente, en julio de 2023, en el seminario por aniversario de la Lopnna, el Fiscal General reconoció que se han registrado 2.076 casos por delitos de abuso sexual a niños, niñas y adolescentes desde el mes de enero hasta junio de 2023. Esta información no se corresponde con el registro de noticias que realizó Transparencia Venezuela en los medios de comunicación y en la página del Ministerio Público.